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Divisa, Solar y Casa Real de la Piscina

Requisitos de ingreso

Requisitos de ingreso en la Divisa

De acuerdo con los Artículos 3, 16, 17 y 18 de sus Capítulos, Ordenanzas y Establecimientos...

Artículo 3. Podrán ser miembros de esta Cofradía Divisa quienes reúnan las siguientes condiciones y calidades:

  • a) Ser católico, apostólico, romano y mayor de dieciséis años.
  • b) Acreditar buena conducta moral.
  • c) Probar descendencia del Infante don Ramiro Sánchez de Navarra, yerno del Cid.
  • d) Probar asimismo Hidalguía de Sangre del linaje paterno.
  • e) Pagar la cuota de ingreso y comprometerse a abonar las cuotas anuales y las derramas que estime la Divisa para sufragar los gastos corporativos, o jurar las Ordenanzas y Establecimientos de la Cofradía, Real Divisa.
    Actualmente, la cuota de inscripción son 50€ y la cuota anual son 20€.

Los aspirantes que ingresen reuniendo las anteriores condiciones serán considerados y llamados Caballeros Diviseros de la Divisa, Solar y Casa Real de la Piscina.

Artículo 16. Los Caballeros Diviseros podrán inscribir en la Divisa a sus cónyuges e hijos, y estos últimos pasarán de inscritos en la Divisa, Solar y Casa Real de la Piscina a Señores Diviseros de la misma, con plenitud de derechos, cuando cumplan dieciséis años y juren los Establecimientos.

Artículo 17. Los cónyuges de las Señoras Diviseras, para ser inscritos, deberán probar la Hidalguía de su linaje paterno. Su calildad de inscrito no presupone en sí derechos de Diviseros.

Artículo 18. Las cónyuges de Caballero Divisero serán automáticamente inscritas en la Divisa previa certificación de su matrimonio canónico.

Mientras así lo admita la Diputación Permanente de la Divisa, podrán ser recibidos como Cofrades en la Cofradía Divisa los vecinos o naturales de la Sonsierra del antiguo Reyno de Navarra que no acrediten los extremos exigidos en los párrafos c) y d) del Artículo 3 de los Capítulos, Ordenanzas y Establecimientos, si además de las otras condiciones estatutarias destacasen por sus especiales méritos y se hallaran relacionados con la Divisa por ostentar legítimamente, la persona interesada o su cónyuge, algunos de los antiguos apellidos diviseros, que son, entre otros: Ábalos, Arellano, Delgado, Díez de Gauna, Farina, Fernández de Navarrete, Fernández de Peciña, Gil de la Peciña, Hernández Hornillos, Labastida, López, López de Ábalos, Martínez de Peciña, Monge, Montoria, Olarte, Peciña, Piscina, Puelles, Ramírez de Arellano, Ramírez de Montoria, Ramírez de Peciña, Ramírez de la Piscina, Ramírez de Puelles, Ramírez de Villaescusa, Rivas, Ruiz, Ruiz de la Bastida, Samaniego, San Vicente, Tejada, Tosantos, Vidaurreta y Villaescusa.

Del mismo modo, los Alcaldes de las villas diviseras (Ábalos, San Vicente de la Sonsierra, con sus aldeas de Peciña y Rivas de Tereso, y Peñacerrada, con su aldea de Montoria), mientras desempeñan su cargo, aunque no acreditasen los extremos indicados en los mencionados párrafos c) y d), serán considerados y llamados Señores Diviseros, continuando en la Cofradía Divisa al cesar en sus cargos como Cofrades, si es que por su linaje y apellido no les correspondiera otra estimación.

Características de la documentación probatoria necesaria

La nobleza del linaje paterno se debe acreditar según las pruebas admitidas por las Órdenes, Corporaciones, Cofradías o Asociaciones nobiliarias debidamente reconocidas.

Para acreditar la descendencia de Caballeros Diviseros inscritos como tales en el Libro de Actas de la Divisa o para acreditar la descendencia del Infante don Ramiro Sánchez de Navarra, fundador de esta Real Divisa, se necesita aportar las partidas civiles o sacramentales correspondientes, debidamente legalizadas.

Las certificaciones que acrediten la nobleza del solicitante, si son expedidas por entidades nobiliarias, han de incluir la prueba en su día presentada y si son certificaciones de archivos públicos han de ser debidamente autentificadas.

Para acreditar el entronque con el Infante fundador o con la antigua Divisa se admitirán testimonios de obras genealógicas o históricas de reconocido prestigio y rigor histórico.

Procedimiento de admisión

El aspirante, tras manifestarle al Canciller de la Divisa su intención de ser recibido en ella, deberá requerirle el impreso de solicitud de ingreso y enviárselo de vuelta una vez cumplimentado y respaldado por la documentación probatoria pertinente.

El impreso de solicitud también puede descargarse aquí. Para solicitarle a la Cancillería de la Divisa la información sobre el procedimiento de envío de la documentación necesaria, pueden dirigirse a la sección del formulario de Contacto de este sitio web.

El expediente, examinado por el Canciller, será remitido al Fiscal para su dictamen. Cumplido este trámite pasará a la aprobación de la Diputación de la Divisa, que tomará el acuerdo que proceda, por mayoría. Una vez aprobado pasará el Canciller la comunicación al interesado y al Tesorero, y en cuanto aquél abone la cuota de ingreso correspondiente quedará inscrito por el Canciller en el Libro de Diviseros, gozando a partir de entonces de todos los derechos, honores, prerrogativas y deberes que a los Caballeros Diviseros del Solar y Casa Real de la Piscina corresponden.

En el solemne acto de recibimiento, que se celebra en la Basílica de Santa María de la Piscina durante la Junta de Diviseros cada 15 de agosto, el nuevo divisero puede lucir ya la medalla de la Divisa.

Adquisición de la medalla >

Los diviseros y aspirantes pueden encargar y adquirir la medalla en Ánfora Esmaltes, empresa colaboradora de la Divisa.

Hoy es

Propiedad de la Divisa, Solar y Casa Real de la Piscina, 2019